Postura para participar en el remate judicial en Bogotá D.C.
- Fecha del remate: 5 de Junio de 2024
- Hora: 8:30 am
- Valor base de licitación: 70% del avalúo
- Porcentaje que debe consignar para hacer postura: 40% del avalúo total
- Tipo de propiedad: Predio denominado EL REFLEJO
- Avalúo total: $447.050.000
Características del bien en remate: Predio denominado EL REFLEJO
El bien en remate es un predio denominado EL REFLEJO, ubicado en la vereda Las Palmas, jurisdicción del municipio de El Colegio, departamento de Cundinamarca, con un área o extensión superficiaria aproximada de cinco fanegadas (5 fdas.) equivalentes a tres hectáreas y dos mil metros cuadrados (3 Has. 2000 M2), junto con la casa de habitación allí existente. Este inmueble está registrado con la matrícula inmobiliaria No. 166-38093. El inmueble ha sido avaluado en la suma de $447.050.000.
Datos relevantes para participar en el remate judicial
- Radicado del proceso: Ejecutivo para la Efectividad de la Garantía Real con número de radicación 11001-3103-042- 2017-00795-00
- Entidad que remata el bien: JUZGADO SEGUNDO (02) CIVIL DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BOGOTÁ D.C.
- Datos del secuestre: MARIO HÉCTOR MONROY RODRÍGUEZ
- Contacto del secuestre: 312 4580814, mhmr838@hotmail.com
- Demandante: HUMBERTO HUERTAS PALMA
- Demandado: CLAUDIA MARITZA GONZÁLEZ PINTO y LUIS NÉSTOR MORENO CASTRO
Texto original del aviso de remate judicial publicado en el periódico del Domingo 2 de Mayo del 2024
REPÚBLICA DE COLOMBIA. RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO JUZGADO SEGUNDO (2°) CIVIL DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BOGOTÁ Edificio Jaramillo Montoya Carrera 10 # 14 – 30, Bogotá AVISO DE REMATE EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO (02) CIVIL DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BOGOTÁ D.C., HACE SABER: Que dentro del proceso Ejecutivo para la Efectividad de la Garantía Real con número de radicación 11001-3103-042- 2017-00795-00, proveniente del Juzgado Cuarenta y Dos (42) Civil del Circuito de Bogotá, iniciado por HUMBERTO HUERTAS PALMA en contra de CLAUDIA MARITZA GONZÁLEZ PINTO y LUIS NÉSTOR MORENO CASTRO, por auto proferido el día dos (2) del mes de mayo del año dos mil veinticuatro (2024), se ha señalado la hora de las ocho y treinta minutos de la mañana (8:30 a.m.) del día cinco (05) del mes de junio del año dos mil veinticuatro (2024), para llevar a cabo la diligencia de remate virtual del siguiente inmueble que se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado, a saber: Un predio denominado EL REFLEJO, ubicado en la vereda Las Palmas, jurisdicción del municipio de El Colegio, departamento de Cundinamarca, con un área o extensión superficiaria aproximada de cinco fanegadas (5 fdas.) equivalentes a tres hectáreas y dos mil metros cuadrados (3 Has. 2000 M2), junto con la casa de habitación allí existente, comprendida dentro de los siguientes linderos tomados del título de propiedad: “Partiendo desde el mojón marcado con la letra C situado a la orilla de la carretera se va por esta carretera hasta encontrar la Quebrada, chorro o toma de agua; por otro costado de este punto se va por dicha quebrada o chorro pasando los mojones E. D., hasta encontrar el mojón V, limitando con tierras de Pablo Díaz; de este punto se vuelve por otro costado, hasta encontrar la carretera, limitando con el lote vendido a Humberto Gómez y de este punto se vuelve por esta carretera hasta encontrar el mojón C citado como punto de partida y encierra”, inmueble identificado con el folio de matrícula inmobiliaria No. 166-38093. El inmueble a rematar fue avaluado en la suma de: CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES CINCUENTA MIL PESOS ($447.050.000,00) MONEDA CORRIENTE. Será Postura admisible la que cubra el 70% del avalúo dado al bien, previa consignación del 40% del avalúo como porcentaje legal, los postores deberán consignar la oferta en la cuenta de depósitos judiciales No. 1100120 31800 de la Oficina de Ejecución de Sentencias para los Juzgados de Ejecución Civil del Circuito de Bogotá. Secuestre designado es MARIO HÉCTOR MONROY RODRÍGUEZ quien recibe notificaciones en la Cll 3 No. 4-37 de San Antonio del Tequendama, Teléfono de contacto: 312 4580814, correo: mhmr838 @hotmail. com, quien mostrará a los interesados el bien objeto de remate. La recepción electrónica de las ofertas para el remate, elaboradas en los términos de los artículos 450 y siguientes del Código General del Proceso, se realizará por medio de la cuenta de correo institucional rematej02ejecctobta @cendoj. ramajudicial. gov.co, indicando como asunto del correo la palabra “OFERTA”; la oferta virtual junto con todos los demás documentos requerido, se debe presentar en un solo archivo en formato PDF con clave personal, la cual, en el desarrollo de la diligencia de remate, será solicitada por el titular del Despacho para abrir el archivo; por lo cual será indispensable la participación de los interesados en adquirir el bien subastado en la audiencia, a efectos que suministren la contraseña del archivo digital que contenga la oferta; en el evento en que el postor no se encuentre presente en la audiencia virtual, al momento de abrir los archivos digitales, o no suministre la contraseña del archivo digital, se tendrá por no presentada la misma. La licitación comenzará a la hora indicada y no se cerrará sino después de haber transcurrido una (1) hora de su apertura y se llevará a cabo de manera virtual de conformidad con los lineamientos previstos en el art. 452 del C.G.P. y con aplicación de los artículos 2 y 7 de la Ley 2213 del 2.022, el Acuerdo PCSJA20- 11632 expedido por el Consejo Superior de la Judicatura y la Circular DESAJBOC-82 de la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial Bogotá – Cundinamarca a través de la aplicación tecnológica MICROSOFT TEAMS. Para tener acceso al enlace para conectarse a la audiencia virtual de remate y para revisión del contenido del expediente digital del proceso ejecutivo hipotecario de la referencia, los interesados pueden acceder por medio del siguiente enlace https://www. ramajudicial. gov.co/ web/juzgado-02 -de-ejecucion- civil-del-circuito- de-bogota/93, el cual dirige al área de remates virtual de la página web dispuesta para el Juzgado 2 Civil del Circuito de Ejecución de Sentencias de Bogotá, despacho encargado de llevar a cabo la almoneda. Toda la anterior información se publica para los fines legales que trata el artículo 450 del Código General del Proceso SECRETARIO.