Se remata un local comercial de uso comercial situado en la ciudad de Bogotá. Adquiere tu membresía si deseas conocer toda la información para participar en la subasta de este bien.
Postura para participar en el remate judicial
- Fecha del remate: 25 de agosto de 2026
- Hora: 11:00 A.M
- Avalúo: 275.685.350
- Porcentaje valor base licitación: 70%
- Porcentaje que debe consignar para hacer postura: 40%
- Tipo de propiedad: local
Característica de bien en remate
Bien inmueble correspondiente al Local 12 ubicado en la Carrera 49 D # 91 – 85 (dirección catastral), antes Carrera 37 # 90 – 47 en la ciudad de Bogotá. El inmueble se encuentra embargado, secuestrado y avaluado para la subasta, la cual se realizará de manera virtual a través de la plataforma dispuesta por el despacho.
Datos relevantes para participar en el remate judicial
- Radicado del proceso: 110014 0030- 27- 2018- 00736- 00
- Juzgado: Juzgado 17 Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Bogotá
- Entidad que remata en bien: Juzgado 17 Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Bogotá
- Nombre del secuestre: Sociedad Alliance Servicios y Soluciones AG SAS, antes AG Servicios y Soluciones S.A.S.
- Contacto del secuestre: Calle 12 B – N.° 8 A – 03, Oficina 506 de Bogotá, correo electrónico ag.auxiliardejusticia@gmail.com, teléfono 321-370-5458 / 316-279-4743
- Demandante: Sergio Mauricio Valero Diaz
- Demandado: Jairo Ortega Osorio
Texto original del aviso de remate judicial publicado en el periódico
AVISO DE REMATE. JUZGADO 17 CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BOGOTÁ REPUBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO CALLE 15 N° 10 – 61 Bogotá HACE SABER: Que dentro del proceso EJECUTIVO HIPOTECARIO 110014 0030- 27- 2018- 00736- 00 DE SERGIO MAURICIO VALERO DIAZ contra JAIRO ORTEGA OSORIO, por auto de fecha veintiséis (26) de junio de dos mil veintiséis (2.026) el Juzgado 17 Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Bogotá, señaló el veinticinco (25) de agosto de dos mil veintiséis (2.026) a las 11:00 A.M, para que tenga lugar la diligencia de REMATE VIRTUAL del 100% del bien inmueble de propiedad del demandado JAIRO ORTEGA OSORIO, que se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado, ubicado en la CARRERA 49 D # 91 – 85 LOCAL 12 (dirección catastral), antes CARRERA 37 # 90 – 47 LOCAL 12 de Bogotá, Folio de Matricula Inmobiliaria 50C – 218149 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá. El secuestre del inmueble es la Sociedad ALLIANCE SERVICIOS Y SOLUCIONES AG SAS, antes AG SERVICIOS Y SOLUCIONES S.A.S. NIT 900.647.431-3, dirección Calle 12 B – N.° 8 A – 03, Oficina 506 de Bogotá, correo electrónico ag.auxiliardejusticia@gmail.com y teléfono 321-370-5458 / 316-279-4743. El 100 % del inmueble a rematar fue avaluado en DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL TRECIENTOS CINCUENTA PESOS MCTE ($275.685.350,oo M/CTE) La presente diligencia se realizará de manera virtual, a través del link que estará publicado en la página www. ramajudicial.gov.co – portal publicaciones procesales micrositio de este despacho – REMATES 2026 – y comenzará a la hora y fecha señalada y no se cerrará hasta haber transcurrido una (1) hora, momento en el cual se dará inicio y se leerán en voz alta las ofertas que reúnan los requisitos señalados en el artículo 452 ibidem, adjudicando al mejor postor el bien materia de remate. Sera postura admisible la que cubra el 70% del valor del avalúo, previa consignación del 40% en la cuenta de Depósitos Judiciales N.º 1100120 41800, código de Despacho Oficina de Ejecución de Sentencias para los JUZGADOS DE EJECUCION CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTÁ N.º 110012 103000. Se advierte que los sobres para hacer postura únicamente deberán ser radicados en físico en las instalaciones de Oficina de Ejecución antes citada. O en su defecto, para la realización de la “subasta judicial virtual” deberá atenderse lo dispuesto en la circular PCSJC21-26 del 17 de noviembre de 2021 emitida por el Consejo Superior de la Judicatura. Los interesados en la licitación deberán presentar sus ofertas como lo disponen los artículos 451 y 452 del C.G.P. El presente aviso se elabora a fin de ser publicado en los términos del Art. 450 del C.G.P. H74