Postura para participar en el remate judicial Yopal
- Fecha del remate: 30 de Septiembre de 2024
- Hora: 10:00 AM
- Avalúo: $3.733.801.793
- Porcentaje valor base licitación: 70%
- Porcentaje a consignar para hacer postura: 40%
- Tipo de propiedad: Derecho de cuota
- Avalúo total en números: $2.489.201.195
Característica de bien en remate Derecho de cuota sobre terreno
El bien en remate corresponde a un derecho de cuota sobre un globo de terreno denominado NO TE CANSES, ubicado en la vereda El Arenal del municipio de Yopal, departamento de Casanare. El terreno tiene una extensión de 346 hectáreas y está delimitado por diversos predios.
Datos relevantes para participar en el remate judicial
- Radicado del proceso: 850013103002-2018-00024-00
- Juzgado: Juzgado Segundo Civil del Circuito de Yopal
- Entidad que remata el bien: Juzgado Segundo Civil del Circuito de Yopal
- Nombre del secuestre: Yesika Martínez Pimienta
- Contacto del secuestre: Carrera 22 No 7-23, Yopal, celular 3108734532, correo electrónico marpinsas2016@hotmail.com
- Demandante: Bancolombia S.A.
- Demandado: Lulio Erivaldo Martínez Luna y Otros
Texto original del aviso de remate judicial publicado en el periódico del 15 de Septiembre de 2024
REPÚBLICA DE COLOMBIA. JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO YOPAL – CASANARE. CÓDIGO 850013103002. AVISO DE REMATE. EL JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE YOPAL – CASANARE, Mediante decisión del veintidós (22) de agosto de dos mil veinticuatro (2024), se señaló el próximo TREINTA (30) DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO (2024), A LAS 10:00 AM para que tenga lugar en este Juzgado la diligencia de REMATE del siguiente bien: “El derecho de cuota que le corresponde a los demandados Lorena Martínez Luna y Miguel Ángel Martínez Luna sobre un globo de terreno denominado NO TE CANSES ubicado en la vereda El Arenal del municipio de Yopal, departamento de Casanare, de una cabida de trescientas cuarenta y seis hectáreas (346 Has) delimitado por los siguientes linderos: SUR. – Con predios que son o fueron de Alfonso Leal Ruiz y Olga Cecilia Laverde de Vargas. OCCIDENTE. – Con predios que son o fueron de Gilberto Vargas; NORTE. – Con predio que es o fue de Julio Martínez Cristancho y ORIENTE. – con predio que es o fue de Alberto Alfonso Hernández García y encierra” (Linderos tomados de la escritura pública No 1744 del 18 de julio de 2013 Fl. 152 y ss. Cdno Principal). El predio antes descrito fue adquirido por dación en pago realizada por Inversiones Martínez Luna Fical Diamante y Cia S. en C. a favor Lorena Martínez Luna y Miguel Ángel Martínez Luna, mediante escritura pública No. 2907 del 25 de septiembre de 1996, otorgada ante La Notaría 40 de Santafé de Bogotá, inscrita el 25 de octubre de 1996, se identifica con el folio de matrícula No. 470-1757, de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Yopal, código catastral No. 85001000100 110147000. El avalúo de la totalidad del inmueble se encuentra aprobado en la suma de tres mil setecientos treinta y tres millones ochocientos un mil setecientos noventa y tres pesos Mcte ($3.733.801.793), y teniendo en cuenta que el remate corresponde a los derechos de cuota representados en el 66.66% del bien, el avalúo corresponde a la suma de dos mil cuatrocientos ochenta y nueve millones doscientos un mil ciento noventa y cinco pesos ($2.489.201.195.oo) pesos moneda legal colombiana. Los derechos de cuota a rematarse se encuentran cautelados dentro del proceso ejecutivo radicado bajo el No. 850013103002-2018-00024-00, que en este Despacho adelanta Bancolombia SA en contra de Lulio Erivaldo Martínez Luna y Otros. El inmueble objeto de remate, se encuentra bajo la custodia de la secuestre YESIKA MARTÍNEZ PIMIENTA, quien tiene dirección Carrera 22 No 7-23 de Yopal y celular No. 3108734532, correo electrónico: marpinsas2016 @hotmail.com. Los interesados deberán realizar la postura respectiva al correo electrónico del despacho j02cctoyopal @cendoj.rama judicial.gov.co mediante archivo PDF cifrado, cuya contraseña deberá ser suministrada por el postor en el momento de la subasta pública, a la cual deberá concurrir virtualmente a través del link obrante en el cuerpo del presente aviso. Se considerará como postor hábil a aquel que cubra el 70% del avalúo comercial, previa consignación del 40% del total del avalúo, en la cuenta de depósitos judiciales No. 850012031001 del Banco Agrario de Colombia a órdenes del Juzgado Segundo Civil del Circuito de Yopal, de conformidad con lo señalado en el artículo 451 CGP. Se advierte que la diligencia se celebrará por medio de la plataforma Microsoft Teams, se recomienda a los interesados la conectividad virtual con una antelación de 10 minutos, portando documento de identificación que deberá ser exhibido en el momento debido. Ingrese a la diligencia haciendo clic en el siguiente enlace: https://teams.microsoft.com/l/meetup-join/ 19%3ameeting_ ZTFlMTVmYWMt NTc0ZC00NmQz LTkyM2QtYWZjYjk4ZmY0OTBi%40thread.v2/0?context=%7b%22Tid%22%3a%22622cba98-80f8-41f3-8df5-8eb99901598b%22%2c%22Oid%22%3a%2276aa931f-ea67-4736-ab53-55d17f78ac3b%22%7d. Link de acceso al expediente: 850013103002 20180002400. Para su fijación en lugar público de la secretaría del Juzgado y en el micrositio asignado al despacho en el portal web de la Rama Judicial del Despacho, se expide el presente aviso para su publicación en un medio escrito de amplia circulación nacional, ya sea El Tiempo o El Espectador, o en su defecto en una emisora local, el cual se deberá publicar el día domingo con antelación no inferior a 10 días a la fecha señalada para el remate. Hoy cuatro (04) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024). Wilson Andrés Santafé Rincón, Secretario. Firmado Por: Wilson Andres Santafe Rincon, Secretario Juzgado De Circuito Civil 002 Yopal – Casanare. Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12. Código de verificación: 02fc6048e9b964a74d0fa7907dc7ff60bd50cd37fcc8e2b096787fc730482a73. Documento generado en 05/09/2024 04:50:25 PM. Descargue el archivo y valide este documento electrónico en la siguiente URL: https://proceso judicial.rama judicial.gov.co/ FirmaElectronica. C15