Postura para participar en el remate judicial en Tunja
- Fecha: 11 de marzo de 2025
- Hora: 2:00 p.m.
- Avalúo: $91.814.470
- Porcentaje valor base licitación: 70% ($64.270.129)
- Porcentaje para hacer postura: 40% ($36.725.788)
- Tipo de propiedad: 6 (Local)
Características de local en remate
Local ubicado en el Centro Médico y de Servicios Profesionales Andaluz P.H. en Tunja. El inmueble se encuentra embargado y secuestrado, identificado con el Folio de Matrícula Inmobiliaria No. 070-106482 de la Oficina de Instrumentos Públicos de Tunja. Dirección: Calle 22 #9-27, Tunja, Boyacá.
Datos relevantes para participar en el remate judicial
- Radicado: 1500 14189001 – 2017-01011-00
- Juzgado: Segundo Transitorio de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Tunja
- Entidad rematante: Banco Comercial AV Villas S.A.
- Secuestre: Mayra Lizeth Vega Ostos
- Contacto secuestre: grupoavoc@gmail.com, Calle 4 No. 18A – 26, Duitama (Boyacá), Teléfono: 3208466672
- Demandante: Banco Comercial AV Villas S.A.
- Demandado: Edwin Niño Nova
Texto original del aviso de remate judicial publicado en el periódico del 9 de Febrero 2025
JUZGADO QUINTO CIVIL MUNICIPAL DE TUNJA TRANSFORMADO TRANSITORIAMENTE EN JUZGADO SEGUNDO TRANSITORIO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE TUNJA – ORALIDAD. Email: j02prpctun@cendoj.ramajudicial.gov.co Carrera 1A N° 46 – 08 Piso 4° Manzana 1 Urbanización Manolete TUNJA – BOYACÁ HACE SABER: Que dentro del PROCESO EJECUTIVO CON GARANTÍA REAL DE MÍNIMA CUANTÍA No. 1500 14189001 – 2017- 01011- 00, de BANCO COMERCIAL AV VILLAS S.A contra NIÑO NOVA EDWIN, por auto de fecha Veintiocho (28) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024), señaló el día EL MARTES, ONCE (11) DE MARZO DE DOS MIL VEINTICINCO (2025), A LAS DOS DE LA TARDE (2:00 p.m.), para llevar a cabo la diligencia de REMATE del inmueble identificado con F.M.I 070-106482 de propiedad del demandado EDWIN NIÑO NOVA, el cual se encuentra legalmente embargado y secuestrado por el Auxiliar de la Justicia en el cargo de SECUESTRE del inmueble, Mayra Lizeth Vega Ostos, identificada con Cédula 1.049.608.326 de Tunja, en representación de la empresa WILLIAM ANDRES MC S.A.S., con NIT: 900.768.545-3 quién podrá ser localizado en la calle 4 No. 18A – 26 de Duitama (Boyacá), teléfono móvil 3208466672, correo electrónico: grupoavoc@gmail.com, inmueble identificado de la siguiente manera: LOCAL ubicado en la CALLE 22 #9-27 CENTRO MEDICO Y DE SERVICIOS PROFESIONALES ANDALUZ P.H. CAFETERIA identificado con Folio de Matrícula Inmobiliaria No. 070- 106482 de la Oficina de Instrumentos públicos de Tunja, AVALUADO EN LA SUMA DE NOVENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS CATORCE MIL CUATROCIENTOS SETENTA PESOS ($91.814.470 M/cte.). De conformidad con lo establecido en el Artículo 448 del CGP., será postura admisible la que cubra el 70% (SESENTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS SETENTA MIL CIENTO VEINTINUEVE PESOS M/CTE $64.270.129) del valor del avalúo, previa consignación del porcentaje legal, esto es del 40% (TREINTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS VEINTICINCO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS M/CTE $36.725.788), bajo los requisitos establecidos en el Artículo 451 del C.G.P en la cuenta de Depósitos Judiciales No. 150012051002 del Banco Agrario de Colombia, El título de depósito judicial, que acredite la consignación del porcentaje legal a nombre JUZGADO SEGUNDO TRANSITORIO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE TUNJA. El presente aviso se elabora a fin de ser publicado en los términos del Artículo 450 del C.G.P.; y LA AUDIENCIA DE REMATE COMENZARÁ EN DÍA Y HORA SEÑALADA DE MANERA VIRTUAL haciendo uso de la herramienta MICROSOFT TEAMS, dando aplicación a lo señalado en el Art. 103 del C.G.P. y Art. 7 de la Ley 2213 de 2022, En el que se dará acceso a la sala digital, se señalará el protocolo de estancia y las instrucciones necesarias para su realización, la licitación empezará a la hora señalada en el ordinal primero, y no se cerrará sino después de haber trascurrido una hora por lo menos. (Artículo 452 del C.G.P). La oferta en mención debe remitirse de forma digital, al correo electrónico j02prpctun@cendoj.ramajudicial.gov.co o de manera física a la sede judicial en la Carrera 1A N° 46 – 08 Piso 4° Manzana 1 Urbanización Manolete TUNJA – BOYACÁ conforme a lo preceptuado en los Artículos 451 y 452 ejusdem. Las posturas de remate deberán contener como mínimo la siguiente información: 1). Bien individualizado por los que se pretende hacer postura; 2). Cuantía individualizada por cada bien por el que hace postura; 3). Tratándose de persona natural se deberá aportar copia escaneada o digitalizada del documento de identidad, número de teléfono celular, dirección física, y correo electrónico de este a su apoderado cuando se actúe por intermedio de aquél; 4). Tratándose de persona jurídica deberá aportar copia escaneada o digitalizada del certificado de existencia y representación, con fecha de expedición no superior a 30 días, Número de Identificación Tributaria (NIT), nombre completo del representante legal, número de identificación del representante legal, dirección física, número de teléfono celular, y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este; 5). Copia del poder, del documento de identidad y la tarjeta profesional del apoderado, cuando se pretenda hacer postura por intermedio de uno; 6). Copia del comprobante de depósito judicial para hacer postura (Art.451 y 452 del Código general del Proceso) salvo que, se trate de postor por cuenta del crédito. Los interesados en participar de la subasta, que remitan la postura al correo electrónico ya indicado, deberán conectarse al link respectivo, al momento de la realización de la audiencia, a efectos que suministren la contraseña del archivo digital que contenga la oferta. En el evento en que el postor no se encuentre presente en la audiencia virtual y/o no suministre la contraseña del archivo digital, se tendrá por no presentada la oferta. Para las posturas presentadas físicamente en el juzgado, se observarán las reglas del artículo 452 del C.G.P. EDITH MILENA RÁTIVA GARCÍA. Juez. JUZGADO QUINTO CIVIL MUNICIPAL DE TUNJA TRANSFORMADO TRANSITORIAMENTE EN JUZGADO SEGUNDO TRANSITORIO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE TUNJA – ORALIDAD. H17