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Remate Judicial: Vehículo Kia Soul LX, Bogotá, $10,696,000, 7 de Mayo de 2024

Postura para participar en el remate judicial en Bogotá

  • Fecha del remate: 7 de Mayo de 2024
  • Porcentaje valor base licitación: 70%
  • Porcentaje que debe consignar para hacer postura: 40%
  • Tipo de propiedad: Vehículo
  • Avalúo total: $15,280,000

Características del bien en remate: Vehículo

El bien en remate es un vehículo automotor de placa DDY714, clase automóvil, marca Kia, modelo 2010, color negro. El vehículo tiene una carrocería hatch back, servicio particular, motor G4FC9H433285, línea Soul LX. Se encuentra legalmente embargado, secuestrado y avaluado.

Datos relevantes del remate judicial

  • Radicado del proceso: 1100140030-54-2013-00460-00
  • Entidad que remata el bien: JUZGADO 19 CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BOGOTÁ D.C.
  • Datos del secuestre: ESTRATEGIA Y GESTIÓN JURÍDICA LTDA, Calle 18 # 10-33 Local 234 de Bogotá D.C., Teléfono: 3224000861
  • Demandante: BANCO DAVIVIENDA S.A. (Cesionario JHON JAIRO SANGUINO VEGA)
  • Demandado: JOSE NIXON PEÑA MUÑOZ

Texto original del aviso de remate judicial en el periódico El Espectador del 14 de Abril del 2024

El texto original del aviso de remate judicial en el periódico El Espectador del 14 de Abril del 2024 es el siguiente:

AVISO DE REMATE. JUZGADO 19 CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BOGOTÁ D.C. REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO OFICINA DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTÁ D.C. ACUERDO No. PSAA15-10402 DE 2015 Calle 15 No. 10-61 Correo institucional radicacionj19ejecmbta @cendoj. ramajudicial. gov. co rematesoecmbta @cendoj. ramajudicial. gov.co HACE SABER: Que dentro del proceso ejecutivo prendario de menor cuantía No. 1100140030- 54-2013-00460- 00 instaurado por BANCO DAVIVIENDA S.A. (Cesionario JHON JAIRO SANGUINO VEGA) contra JOSE NIXON PEÑA MUÑOZ, por auto de fecha veinte (20) de marzo de dos mil veinticuatro (2024) señaló la fecha del día siete (7) del mes de mayo del año dos mil veinticuatro (2024) a las 9:30 AM para que tenga lugar la diligencia de remate del vehículo automotor propiedad del aquí demandado JOSE NIXON PEÑA MUÑOZ, vehículo que se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado dentro de este proceso, identificado así: El vehículo automotor de placas DDY714, marca KIA, color NEGRO, carrocería HATCH BACK, serie KNAJT811AA7069617, chasis KNAJT811AA7069617, clase AUTOMOVIL, modelo 2010, servicio PARTICULAR, motor G4FC9H433285, línea SOUL LX. El avalúo del vehículo automotor es de QUINCE MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA MIL PESOS M/CTE ($15.280.000.00). Funge como secuestre el auxiliar de la justicia ESTRATEGIA Y GESTIÓN JURÍDICA LTDA, quien se identifica con NIT No. 900.104.902-0, ubicado en la Calle 18 # 10-33 Local 234 de Bogotá D.C., el número telefónico 3224000861, correo electrónico estrategiaygestionjuridical @gmail. com, representada legalmente por DIDIER SMITH BALLESTEROS ARANZA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 80564301. Será postura admisible la que cubra el 70% del avalúo dado al bien, previa consignación del 40%. Los sobres para hacer postura deben ser radicados únicamente en forma física, en las instalaciones de la Oficina de Ejecución de los Juzgados Civiles Municipales, antes enunciada. Los interesados en la subasta, podrán revisar el expediente a través de la página web de la Rama judicial, micrositio de este despacho, Remates 2023-2024 y en las instalaciones de la Oficina de Ejecución de los Juzgados Civiles Municipales en la dirección cita con anterioridad. Así mismo, en dicha plataforma se informará el Link a través del cual pueden participar en el remate de forma virtual, para lo cual se requiere que cada interviniente en la diligencia tenga la aplicación de Microsoft TEAM o LIFESIZE. El presente aviso se elabora a fin de ser publicado en los términos del Art. 450 del C.G.P. Para los fines pertinentes aclara que el conocimiento de la presente actuación le correspondió al juzgado 19 civil municipal de ejecución de sentencias de Bogotá D.C., el cual fue remitido por el juzgado 54 civil municipal de Bogotá D.C., en virtud de los acuerdos PSAA13 Nº 9962, 9984, y 9991 de 2013, que fueran emitidos por la sala administrativa del Consejo Superior de la Judicatura.

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