Postura para participar en el remate judicial Bogotá
- Fecha: 18 de marzo de 2025
- Hora: 9:00 a.m.
- Avalúo: $180.507.000
- Porcentaje valor base licitación: 70% ($126.354.900)
- Porcentaje a consignar para hacer postura: 40% ($72.202.800)
- Tipo de propiedad: Apartamento
Características del bien en remate Apartamento
El bien en remate es un apartamento ubicado en la calle 135 No. 93B-65, apartamento 201, en Bogotá D.C.. Se encuentra debidamente embargado y secuestrado dentro del proceso judicial, con matrícula inmobiliaria 50N-785430 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá D.C., Zona Norte.
Datos relevantes para participar en el remate judicial
- Radicado del proceso: 11001400301920150031200
- Juzgado: Juzgado 13 Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Bogotá D.C.
- Juzgado de origen: Juzgado 19 Civil Municipal de Bogotá D.C.
- Entidad que remata el bien: Oficina de Ejecución Civil Municipal de Bogotá
- Secuestre: ABC Jurídicas SAS
- Representante legal del secuestre: Favian Ricardo Cruz Carrillo
- Contacto del secuestre: 320 857 5462
- Correo del secuestre: abcjuridicas7825@gmail.com
- Dirección del secuestre: Carrera 13 No. 13-24, oficina 521, Bogotá
- Demandante: José del Carmen Orjuela Chaparro
- Demandado: Gabriel García González
Texto original del aviso de remate judicial publicado en el periódico
AVISO DE REMATE. REPUBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO JUEZ TRECE CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BOGOTÁ D. C. APOYO PARA LOS JUZGADOS CIVILES MUNICIPALES DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BOGOTÁ D.C. ACUERDO No. PSAA15-10402 DE 2015 CALLE 15 No. 10-61 PISO 1 JUZGADO DE ORIGEN: 19 CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTÁ D.C. RADICACIÓN DEL PROCESO: 110014003 0192015 0031200 HACE SABER. Que dentro del PROCESO EJECUTIVO HIPOTECARIO No. 1100140 03019201 50031200, instaurado por JOSÉ DEL CARMEN ORJUELA CHAPARRO contra GABRIEL GARCÍA GONZÁLEZ, por auto del 28 de enero de 2025, se ha señalado la hora de las 9:00 am, del día 18 del mes de MARZO de 2025, para llevar a cabo el remate de manera presencial, del inmueble de propiedad del demandado, debidamente embargado, secuestrado y avaluado en el proceso, a saber: Se trata del inmueble ubicado en la calle 135 No. 93 B-65 apartamento 201 de la ciudad de Bogotá D.C., distinguido con la matrícula inmobiliaria No. 50N-785430 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá D.C. Zona Norte, avaluado en la suma de CIENTO OCHENTA MILLONES QUINIENTOS SIETE MIL PESOS M/CTE ($180.507.000.oo). Los interesados pueden consultar el expediente en físico en la calle 15 No. 10-61 de la ciudad de Bogotá D.C. SECUESTRE: ABC JURIDICAS SAS; representante legal FAVIAN RICARDO CRUZ CARRILLO, recibe notificaciones en la Carrera 13 No. 13-24 oficina 521 de Bogotá D.C., Celular: 3208575462. E mail: abcjuridicas7825@gmail.com. Será postura admisible la que cubra el SETENTA POR CIENTO (70%) del valor total del avalúo, y podrá participar en la diligencia como postor quien acredite la consignación del CUARENTA POR CIENTO (40%) del mismo, que deberá consignarse en la cuenta de depósitos judiciales No. 110012041800 de la Oficina de Ejecución Civil Municipal de Bogotá, en el Banco Agrario de Colombia, depósitos judiciales, a órdenes del juzgado, así como el saldo del remate. Lo anterior sin menoscabo de lo establecido en el inciso segundo del artículo 451 del CGP, pudiendo los interesados hacer postura el día y hora señalado o dentro de los cinco (5) días anteriores a la fecha de remate de conformidad con el artículo 451 del CGP. Los interesados deberán tener en cuenta el comunicado de interés general para usuarios de remates de conformidad con la Circular DESAJBOC20-82 de 2020. Se advierte que la almoneda comenzará a la hora de las 9:00 am y no se cerrara sino después de haber transcurrido por lo menos una (1) hora, tal y como lo dispone el artículo 452 del Código General del Proceso. El presente aviso se elabora a fin de ser publicado por una sola vez, el día domingo, en un periódico de amplia circulación de la localidad o en su defecto, en otro medio masivo de comunicación en los términos del artículo 450 del CGP, teniendo en cuenta las exigencias del numeral 4.2. de la Circular PCSJC21-26. Para los fines pertinentes se aclara que el conocimiento de la presente actuación le correspondió al Juzgado 13 Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Bogotá D.C., el cual fue remitido por el Juzgado 19 Civil Municipal de Bogotá D.C., en virtud de los Acuerdos PSAA13 No. 9962, 9984 y 9991 de 2013, que fueron emitidos por la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura. SECRETARIA OFICINA DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTÁ D.C. H66